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Para el funcionario de justicia, juez, fiscal o defensor, la teoría del delito, como método de análisis de la conducta humana penalmente relevante, es una herramienta indispensable para la resolución de casos en forma científica y objetiva El tipo doloso y culposo se analiza en la tipicidad incluyendo el error en el tipo. Hay énfasis en las causas de justificación como condiciones que excluyen la antijuricidad y cuyos efectos eximen la responsabilidad penal (José Gustavo Girón Palles, s.f.).

Teoría del Delito de Girón Palles PDF




La norma penal está estructurada en dos partes, el supuesto de hecho o sea la
conducta esperada y la consecuencia jurídica. Al derecho penal le interesan esos
comportamientos humanos en donde la acción o la omisión constituyen el primer elemento o categoría del delito y de manera general se refieren a la realización u omisión de la conducta humana penalmente relevante (José Gustavo Girón Palles, s.f.).

Estados de Inconciencia: Se refiere a los actos que se realizan como el sueño, el sonambulismo y la embriaguez letárgica. Discutible es la hipnosis, pues para hacer valer cada uno de ellos habría que probarlo. En la embriaguez letárgica, se ha consumido tanto licor o aunque se consuma poco, por no estar acostumbrada, se crea un estado de inconciencia que la persona ya no está en el uso de su voluntad. Siempre y cuando no se haya drogado o emborrachado deliberadamente para realizar la acción,
pues en este último caso constituye una agravante contenida en el artículo 27 inciso 17º CP13 conocido como actio libera in causa (José Gustavo Girón Palles, s.f.).

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