VALOR AGREGADO, PARA DETERMINAR SI TIENE LA CALIDAD DE «DESPERDICIO»
Tesis: PC.XV. J/38 A (10a.) | Semanario Judicial de la Federación | Décima Época | 2021317 |
Plenos de Circuito | Publicación: viernes 13 de diciembre de 2019 10:25 h | Jurisprudencia (Administrativa) |
VALOR AGREGADO, PARA DETERMINAR SI TIENE LA CALIDAD DE «DESPERDICIO»
PLENO DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO.
Criterios contendientes:
El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 200/2018, el sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 362/2018, y el diverso sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 13/2018.
Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 3/2019, resuelta por el Pleno del Decimoquinto Circuito.
Ejecutorias